Pensión por fallecimiento de Trabajador ANSES: requisitos, solicitud y turnos
Contenido actualizado el 27 de junio de 2022
La Administración Nacional de Seguros Sociales (ANSES) dispone de la pensión por fallecimiento de trabajador. Para los familiares de un trabajador dependiente, por cuenta propia o de un contribuyente único en el momento del fallecimiento.
En ese sentido, los miembros de la familia pueden presentar una solicitud de dicho beneficio, si tenían vínculo de algún tipo de un trabajador en relación de dependencia, por cuenta propia o como monotributista en el momento del fallecimiento.
Cabe destacar, que existen diferentes lazos filiales que pueden convertirte en beneficiario de la pensión por fallecimiento de trabajador. Estas relaciones son de cónyuge, paraja de hecho, hijo o hija menores de 18 años.
¿Qué es y en qué consiste la pensión por fallecimiento de trabajador?
Es una ayuda para los familiares de un empleado con dependencia, trabajador independiente o monotributario que falleció antes de cobrar pensión por jubilación o vejez.
En ese sentido, los familiares pueden solicitar se les pague la pensión que no disfrutó el fallecido. Sin embargo, existen unos requerimientos que deben respetar para poder ser beneficiarios.
Dichos requisitos podés verlos en el apartado de “Requisitos y documentación para la asignación de pensión por fallecimiento de trabajador”.
¿Quién las puede solicitar?
Si muere un trabajador, los familiares que tienen el derecho a una pensión y que, por ende, pueden solicitarla son: cónyuge o conviviente e hijas o hijos solteros hasta los 18 años que no estén beneficiados con otra ayuda.
Sin embargo, existen un caso, que objetará el límite de edad. Si el hijo o hija es discapacitado y estuvo bajo cuidado del trabajador antes del momento del fallecimiento, no importará que edad tiene para recibir la pensión por fallecimiento de trabajador.
¿Cuánto se cobra?
Para determinar la cuantía total de la pensión, primero hay que determinar la cuantía de la pensión a la que habría tenido derecho el fallecido. Sobre esta base, se calcula una cuota de aproximadamente el 70% de los beneficiarios.
- 70% para la viuda, el viudo o la pareja si no hay hijos con derecho a una pensión.
- 50% para la viuda, el viudo o la pareja si hay hijos con derecho a pensión.
- 20% por cada hijo. Si no hay viuda, viudo o pareja de hecho con derecho a pensión, el porcentaje se incrementa a 50 que deberá distribuirse entre los hijos.
El total de la pensión para todos los beneficiarios no puede superar el cien por ciento (100%) del importe percibido por el fallecido. En este caso, debe recalcularse por la misma cantidad.
Si un beneficiario pierde su derecho al pago, se recalcula el importe a pagar a los restantes beneficiarios. Por ejemplo, en el caso de un grupo familiar formado por una viuda y un hijo, el cálculo es el siguiente.
- Viuda: 50%.
- Niño: 20% (menor de 18 años).
- Total: 70%.
Una vez que el hijo cumple los 18 años, la pensión de la viuda o viudo se recalcula (se incrementa) y se añade el 20% de la pensión del hijo para llegar al 70%. Si hay dos o más hijos y uno de ellos alcanza la mayoría de edad, el porcentaje de la pensión sigue siendo el mismo.
¿Cuándo se cobra?
Esta pensión por fallecimiento de trabajador se cobra luego de haber pasado 10 días hábiles del fallecimiento o antes de que se cumplan los 4 meses. No más de allí.
Requisitos y documentación que necesitás para solicitar pensión por fallecimiento de trabajador
Una vez que tu familiar fallece podés hacer la solicitud de la pensión dentro del tiempo que corresponde. Para ello, debés reunir los siguientes requerimientos.
- Acta de defunción del trabajador o trabajadora fallecida.
- Formulario de Información Bancaria (PS 6.76). Esto, únicamente en la situación de no hallarse registrada la información en ANSES.
Además, la documentación variará de acuerdo al lazo familiar que tenga el solicitante con el fallecido. En cualquiera de los casos vos tendrás que reunir los papeles que te corresponden según:
Si sos cónyuge
- Acta de matrimonio actualizada (dicha actualización tiene que ser posterior a la fecha de fallecimiento).
- DNI, LC, LE o comprobante de DNI en gestión.
- Formulario de Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562 (PS 6.9).
Si sos conviviente
- Si tenés este tipo de vínculo, debés demostrar que tuviste cinco años de convivencia con el trabajador o trabajadora antes de la fecha de su fallecimiento. Por el contrario, si tuvieron un hijo y está reconocido por ambos, el plazo se reduce a dos años.
Si sos hijo o hija
- Es necesario que tengas menos de 18 años, ser soltero y no poseer otro beneficio u otra prestación.
- Sin embargo, no habrá límite de edad en los casos que el hijo esté incapacitado para el laburo y haya estado najo responsabilidad del trabajador fallecido.
Del trabajador o trabajadora fallecida
El beneficio de la pensión por fallecimiento de trabajador lo podrás obtener siempre y cuando tu familiar haya cumplido con lo siguiente:
- Haber aportado para el régimen común durante 30 años.
- Tener aportes en los 30 meses o más dentro de los 36 meses recientes, antes de su fallecimiento.
- Contar con al menos 18 meses de cotización en los 36 meses anteriores a su fallecimiento.
- Tener 12 meses de cotización en los 60 meses anteriores a su fallecimiento y la mitad del número total de años exigidos en un régimen común o diferenciado.
Solicitar la asignación de pensión por fallecimiento de trabajador paso a paso
Si tenés todos los requerimientos que señalamos anteriormente, podés iniciar con el proceso de solicitud pensión por fallecimiento de trabajador. Cabe destacar, que el ANSES ofrece a sus usuarios dos métodos de gestión. Por ende, el trámite lo podés hacer presencialmente o por Internet. El paso a paso para hacerlo por internet es el que sigue:
- Primero, tenés que ingresar en la página oficial de ANSES: anses.gob.ar
- Revisá que tus vínculos estén correctos en “Mi ANSES”. Ingresando en la parte superior derecha en la página principal.
- Accedé al sistema con tu CUIL y clave de la seguridad social.
- Una vez hayas hecho esto es hora de ingresar a Atención virtual. Para ello debés hacer clic en “Canales de Atención”
- Posteriormente, hacé clic en la opción Atención Virtual.
- Haz clic donde indica “Iniciar atención virtual”.
- En la página a la que te dirgirá el sistema, te pedirán el CUIL y clave o contraseña. Listo, seguí los pasos que quedan y termina tu solicitud.
Sacar turno ANSES para asignación pensión por fallecimiento de trabajador
Ya sabés lo que tenés que hacer para solicitar la pensión. Observá cómo sacar un turno.
- Primero, accedé a ANSES en el siguiente enlace: anses.gob.ar
- A continuación, hacé clic en “Turnos”.
- Ahora, ubicáte en “Atención presencial” y luego hacé clic en “Solicitar un turno”.
- En la sección de Solicitud de pensión, seleccioná “Pensión por fallecimiento de trabajador”.
- Ahora, agregá los datos correspondientes: tu CUIL, el CUIL del fallecido, el número de beneficio y el código de seguridad.
- Dale a “Continuar”.
- Guiáte con las instrucciones del sistema y terminá con el proceso.
- Podés consultar el día y hora asiganadas, y listo.
Dudas y preguntas frecuentes sobre la solicitud de pensión por fallecimiento de trabajador
¿Qué pasa si el trabajador no cumplió los requisitos de pago antes del fallecimiento?
Si no se cumplen los requisitos, el solicitante puede completar los años de cotización acreditando los servicios regulares de cualquier periodo de suspensión de la pensión en curso.
¿Cuánto cuesta el trámite?
Este trámite es totalmente gratuito.
¿Debo compartir la pensión con otros integrantes de la familia?
Sí, en algunas situaciones tendrás que compartirla.
Teléfonos y contactos de ANSES para consultas sobre la pensión por fallecimiento de trabajador
Para contactarlos puedes optar por las siguientes opciones: